Sesión especial
25 de junio de 2019
SE VOTÓ Y YA ES LEY LA CREACIÓN DE UN FONDO DE ASISTENCIA DIRECTA PARA LAS VÍCTIMAS DE TRATA
Fue aprobado por amplia mayoría después de obtener dictamen favorable en un plenario de comisiones
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La Cámara de Diputados aprobó en la sesión especial de hoy la creación de un Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata. La norma obtuvo sanción definitiva por 183 votos afirmativos, uno negativo y ninguna abstención.

La miembro informante del proyecto, Gabriela Burgos, destacó que "con la sanción de esta norma cumplimos el objetivo de la Ley de Trata". La definió como "un avance más en la prevención y erradicación de la problemática de la trata de personas en nuestro país".

La diputada Burgos, quien preside la comisión de Legislación Penal, explicó que "esta norma hace operativos los derechos de las víctimas de trata de personas y complementa la Convención de Naciones Unidas contra la violencia transnacional".

El proyecto, que ya contaba con media sanción del Senado, había obtenido dictamen favorable en un plenario de las comisiones de Legislación Penal y Presupuesto y Hacienda de la Cámara, celebrado ayer.

Burgos explicó que se trata de un “resarcimiento económico y social, que evita que las víctimas sigan el procedimiento civil para una indemnización”. Y argumentó que “es una respuesta más al trabajo realizado durante años con respecto a la trata de personas en Argentina”.

El proyecto establece que los bienes del Fondo Fiduciario serán los “fondos líquidos decomisados y aquéllos que constituyen el producido de la venta de los bienes decomisados en procesos relacionados con el delito de trata y explotación de personas y de lavado de activos provenientes de tales ilícitos cuya sentencia se encuentre firme o, no encontrándose firme, cuando el juez de la causa autorice la venta”.

Además, establece que el Poder Ejecutivo nacional implementará un sitio de consulta pública y gratuita en internet, a fin de dar publicidad a los bienes que ingresen al Fondo, así como también a todas las decisiones, auditorias e informes que se realicen en el marco de la presente ley.